En el siguiente artículo, José Carlos Coya, Director del Máster Internacional en Estructuras de Edificación con CYPE de Zigurat, nos acerca las novedades que introduce el nuevo Código Estructural en España, publicado el pasado 10 de agosto -en especial a lo que afecta a las estructuras de edificación-. Un texto que, como expone Coya a continuación, modifica algunas cuestiones existentes, introduce muchas nuevas y, sobre todo, amplía el punto de vista incluyendo aspectos transversales como la sostenibilidad, el mantenimiento y la evaluación y reparación de estructuras existentes.
En el BOE del 10 de agosto se publicó el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el nuevo Código Estructural en España. El articulado es tan simple que podemos copiarlo íntegro:
“Artículo único. Aprobación del Código Estructural.
Se aprueba el Código Estructural, que se inserta a continuación.”
Antes de la citada continuación con el código, hay una serie de disposiciones. Una de ellas responde a la pregunta más frecuente o, por lo menos, la primera que se suele hacer: ¿cuándo hay que empezar a aplicarlo? Pues bien, se aplicará en aquellos proyectos encargados antes del 10 de noviembre, siempre que la obra se inicie en un año si es edificación o tres años si es ingeniería civil. Entonces: ¿debe cundir el pánico? No diría pánico, pero algo sí habrá que moverse.
Muchas de las novedades no son cambios, sino ampliaciones de alcance. Por ejemplo, se aborda la gestión de las estructuras existentes, su reparación y refuerzo, aunque tampoco llega a entrar en muchos detalles. También se añaden las estructuras de acero inoxidable y las estructuras mixtas de acero y hormigón. Ahora bien, lo que se ha hecho es, a grandes rasgos, copiar el eurocódigo de estructuras mixtas. Esto entronca con uno de los aspectos más espinosos: ¿por qué se publica este código y no se adoptan de una vez por todas los Eurocódigos? Pocas respuestas hemos encontrado, quizás lo mejor será escucharlo de boca de alguien que estaba en la cocina:
https://www.youtube.com/watch?v=QPiyjZ-PnEI
En el minuto 22 del vídeo explica cómo en los apartados de cálculo han traspuesto los eurocódigos, centralizándolos en un único documento que busca la coherencia con la legislación vigente en España sin entrar en aspectos que exceden las competencias de la comisión. Otro argumento es incorporar todas las cuestiones de materiales, ejecución, control, etc. que no están incluidas en los eurocódigos sino en otras normas dispersas.
Por otra parte, existe un clamor en el sector demandando la aplicación de los Eurocódigos. Esta entrada del blog, titulada “Carta abierta sobre el Nuevo Código Estructural”, Estructurando ofrece uno de los exponentes más argumentados, analizando diversas incoherencias.
La redacción del Código estructural publicada en el BOE permite calcular indistintamente con la formulación del propio código o con los eurocódigos (además de la clásica opción de métodos alternativos bajo responsabilidad personal).
Las dificultades vienen cuando se trata de coordinar el código, los eurocódigos, los anejos nacionales, que no están todos publicados. En la lista de Eurocódigos no incluye el EC-1 de acciones; a ello se suma el hecho de que el código alude a otras normas para las acciones de manera general:
“Si existe reglamentación específica de acciones, este Código se aplicará complementariamente a la misma.”
No obstante, hoy no nos dejaremos llevar por el debate entre el CE y los EC, toca hablar del CE (Código estructural). Para acotar el campo, nos centraremos en edificación.
Decíamos que añade las estructuras de acero inoxidable y las mixtas; sin embargo no se han incluido las estructuras de acero formadas por chapas delgadas, frecuentes cada vez en más campos, especialmente en cubiertas de naves y en viviendas.
En ningún momento van más allá del radio de acción de las comisiones permanentes de hormigón y acero, es decir, no hay absolutamente nada sobre estructuras de fábrica, madera o aluminio, sobre sismo ni sobre geotecnia. En este punto llama la atención que incluso excluye explícitamente las cimentaciones profundas, incluso los encepados, que se construyen con hormigón.
En cuanto al hormigón, los hormigones de autocompactantes y los de áridos reciclados se incorporan al articulado; permanecen en anejos los hormigones con fibras, los de áridos ligeros y los hormigones de limpieza. Se incorpora a un anejo el hormigón proyectado, que en edificación se usa especialmente en depósitos y piscinas (en obra civil es un clásico en los túneles). Desaparece el hormigón no estructural, que en parte puede parecer coherente con el título del código pero deja en el limbo elementos que EHE-08 sí cubría.
Uno de los cambios más aparentes es la designación de las clases de exposición. Las clases generales son:
X0, XC (Carbonatación), XD (cloruros no marinos) y XS (sal marina)
Seguidas de un número del 1 al 4 según agresividad ascendente.
Las clases específicas son:
XF (fundentes), XA (química) y XM (erosión, maquinaria)
Decimos cambio aparente porque cambia totalmente la manera de nombrarlos, pero no tanto su esencia. No obstante, este tema merece un desarrollo independiente.
La designación de hormigones no cambia para hormigones convencionales, seguimos con el clásico:
T-R/C/TM/A
(Tipo, Resistencia, Consistencia, Tamaño Máximo de árido/ Ambiente)
con el matiz de que el ambiente debe usar las nuevas clases de exposición.
Por ejemplo:
HA-30/F/20/X0
Nótese que el ejemplo indica consistencia fluida, porque otro cambio -pequeño pero significativo- es la exigencia de consistencia fluida en obras de edificación, lo que puede repercutir favorablemente en la trabajabilidad del hormigón fresco y muy probablemente conduzca a hormigones de 30 MPa, a cambio de cierto sobrecoste en el material.
“En obras de edificación, para pilares, forjados y vigas se utilizará un hormigón de consistencia fluida salvo justificación en contra.”
Cuando tenemos hormigones especiales, la cosa cambia. Por ejemplo, con hormigones autocompactantes la consistencia se sustituye por la autocompactabilidad:
T-R/AC/TM/A
Los aceros para armaduras pasivas siguen manteniendo los clásicos B 400 S, B 500 S, B 400 SD y B 500 SD.
Los aceros laminados siguen siendo los clásicos S 235, S 275, S 355 y S 450.
A nivel de cálculo, podríamos sintetizarlo en que se adoptan los métodos de los eurocódigos. De hecho, se podrán usar los eurocódigos para los que estén publicados los anejos nacionales o bien aplicar el código, que es casi copia de los mismos. Casi.
En mixtas obviamente no hay cambios sobre la normativa anterior porque no existía normativa anterior. En acero los cambios son mínimos porque la EAE ya era casi un calco del EC-3 en el apartado de cálculo. En hormigón los cambios son significativos. En flexión y compresión, que son temas bastante claros, cambia poco, pero en cortante y punzonamiento el método es bastante diferente. Se incorpora el control de la fisuración sin cálculo directo -limitando los diámetros- y en flechas se mantiene la exención por esbeltez con la tabla general y con el coeficiente K (no así la tabla de unidireccionales) mientras que el método de cálculo no aparece ya de forma explícita, solo da unas indicaciones de las condiciones para validar cualquier método de cálculo.
En resumen, el Código Estructural ofrece algunos cambios pero sobre todo añade contenidos, siempre dentro de su ámbito de aplicación que se limita a las estructuras de hormigón, de acero y mixtas de hormigón y acero. En este sentido, el nombre es un tanto ambicioso, pero en cualquier caso tenemos ya bastantes cuestiones que tratar que iremos detallando poco a poco en posteriores publicaciones.