El pasado 18 de noviembre de 2021 se cerró el trámite de audiencia e información pública de un anteproyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura y en breve se dará inicio a la fase IV de Remisión al Parlamento, Aprobación, Refrendo y Publicación. Sin embargo, no todos los profesionales del ámbito de la arquitectura están al tanto de los cambios que podría traer esta nueva Ley de Arquitectura. Desde Zigurat, y en el marco del Master Internacional de Construcción Circular, queremos dar a conocer algunos de los puntos clave del proyecto legislativo.
Objetivo de la propuesta de ley en arquitectura
El
anteproyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura se estructura a partir de los acuerdos internacionales que persiguen un
desarrollo más sostenible, inclusivo y resiliente. Para conseguirlo, este proyecto de ley se centra en tres objetivos principales:
sociedad, economía y medioambiente.
Así pues, el objetivo final del anteproyecto es conseguir “el enraizamiento social de la arquitectura, contribuir al desarrollo económico y salvaguardar el patrimonio cultural y natural”.
¿Qué plantea la Ley de Arquitectura y calidad del entorno construido?
La Ley de arquitectura se estructura en
dos secciones que contienen siete artículos, dos disposiciones transitorias, siete disposiciones finales y una disposición derogatoria.
La primera sección introduce tanto los objetivos de la ley como en el ámbito de aplicación y comienza señalando la necesidad de “
proteger, impulsar y fomentar la calidad de la arquitectura”. Los dos artículos siguientes hacen hincapié en la declaración de la arquitectura como un bien de interés general y se desarrolla el principio para garantizar la calidad de la arquitectura.
La sección II se centra en la “protección, gobernanza, difusión y divulgación” y formula, a partir del artículo 5, las medidas para asegurar que los poderes públicos preserven, fomenten y divulguen la calidad de la arquitectura. Sin embargo, uno de los puntos clave de esta ley urbana es el art. 6 que señala la conformación del
Consejo sobre la Calidad de la Arquitectura. Este consejo se plantea como un “órgano asesor y consultivo de la Administración General del Estado” cuyo objetivo principal es servir como plataforma para la consulta y el asesoramiento.
El artículo 7 o
La Casa de la Arquitectura, aborda la creación de una institución que pertenezca a la Red de Museos Estatales y que se convierta en un referente a nivel nacional e internacional para la divulgación de la Arquitectura. Los objetivos se desglosan uno a uno a lo largo de este apartado.
La primera disposición transitoria establece que la ley “no será de aplicación a los expedientes de contratación que se hubieran iniciado con anterioridad a la fecha de su entrada en vigor”. Mientras que la segunda disposición transitoria indica que el Consejo para la Sostenibilidad, Innovación y Calidad de la Edificación mantendrá la vigencia “hasta que se apruebe el Real Decreto previsto en el artículo 6.3 de esta Ley”.
¿En qué fase está la ley?
La elaboración y tramitación de la Ley de Calidad de la Arquitectura y el entorno construido se ha estructurado en cuatro fases. La primera comenzó en julio de 2020 con la publicación de los
antecedentes y objetivos de la Ley de Arquitectura y Calidad del entorno construido. Posteriormente se inició un proceso participativo y de debate en el que se recogieron alrededor de 80 aportaciones de profesionales y entidades, que sirvieron de base para elaborar el borrado de Anteproyecto de Ley.
El pasado mes de octubre de 2021 se elevó el anteproyecto de Ley de arquitectura al Consejo de Ministros y se inició el trámite de audiencia e información pública. Tanto los ciudadanos como las entidades interesadas tuvieron la posibilidad de realizar sus observaciones hasta el pasado 18 de noviembre de 2021.
Una vez el documento del Anteproyecto haya recogido todas las modificaciones que se consideren necesarias y que hayan surgido durante el trámite de audiencia pública, se dará inicio a la tramitación legislativa.